Construcción de centros penitenciarios
Las Naciones Unidas desde sus inicios ha
trabajado permanentemente en la elaboración e impulso de principios
internacionales en materia de prevención del delito y justicia penal, es por
ello que a lo largo de los años las reglas han proporcionado una visión global
acerca de cómo debería estructurarse un sistema de justicia penal. Indiscutiblemente
debido a la variedad de condiciones jurídicas, sociales, económicas y
geográficas que existen en el planeta no se pueden aplicar las mismas reglas en
todas partes, no obstante, deben
enfocarse a incentivar el esfuerzo para vencer las dificultades prácticas que
se oponen a la aplicación.
Actualmente la creación de centros penitenciarios está concebida para que, arquitectónicamente, cuenten con características que posibiliten la creación de espacios que hagan de la cotidianidad de la cárcel un espacio más agradable y que se enfoquen a un doble propósito de custodiar y rehabilitar, es de suma importancia que cada uno de los módulos y/o departamentos que lo integran tengan los servicios generales especificaciones acordes a la reglamentación existente.
La responsabilidad de la ejecución recae en la administración penitenciaria respectiva y debe de certificar que estos sean seguros, posean el personal calificado necesario, posean los insumos necesarios para así garantizar una correcta gestión y calidad de vida de las personas presas, que a su vez cuenten con beneficios apropiados para acceder a educación, formación profesional o técnica, se puedan recrear con actividades culturales, deportivas, colaboradoras encaminados a su reinserción en la sociedad cuando cumplan su condena.
Reglas de Aplicación General
Existe un reglamento básico general, las reglas relacionadas fueron adoptadas en el primer congreso de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente celebrado en 1955 en Ginebra y fueron aprobadas por el Consejo económico y social el 31 de julio de 1957 y 13 de mayo de 1977. El objetivo de estas no es de obligar de manera estrictamente detallada las necesidades de un sistema penitenciario, únicamente sugiere elementos esenciales de los sistemas contemporáneos considerados más adecuados. A manera general se mencionan las condiciones y espacios mínimos a nivel de estructura que deben de tener los centros penitenciarios:
Organización y funcionamiento
Los centros penitenciarios se crean de manera arquitectónica como una edificación que es autosuficiente, en donde se desarrollaran distintas personas su labores profesionales enfocadas en la reinserción social de los imputados y también por otra parte el deber de proporcionar seguridad y custodia de las personas encargadas de la institución.
Cada centro debe de disponer de una estructura propia, a manera de ejemplo se citan un organigrama que podría cumplir con una adecuada gestión:
Estructura organizativa
b) Junta de Tratamiento (dependen Equipos Técnicos)
c) Comisión Disciplinaria
d) Junta Económica y administrativa
Los reclusos deben ser alojados en diferentes ubicaciones o secciones dentro de los centros, la segmentación podría variar según su sexo y edad, antecedentes, delito y sanciones a cumplir. Se brinda el detalle respectivo:
a) Hombres y las mujeres deberán ser recluidos en distintos centros.
b) Los detenidos en prisión preventiva deberán ser separados de los que están cumpliendo condena.
c) Presos por deudas y demás condenados por distintas razones civiles deberán ser separadas de los detenidos por una infracción penal.
d) Los menores de edad y adultos deberán ser separados.
e) Reclusos alienados y enfermos mentales.
f) Reclusos, detenidos o encarcelados sin haber cargos en su contra.
Clasificación en función del uso de los edificios:
a) Edificios externos: Aquellos utilizados por personas no internas: Control de Accesos, a oficinas y el cuerpo de guardia, jefatura de servicios y comunicaciones.
b) Edificios de servicios: Utilizados por internos de forma no permanente: Cocina, almacén, talleres productivos, deportivos y culturales.
c) Edificios con presencia permanente de internos: Módulos polivalentes, máxima seguridad, módulo de régimen cerrado, enfermería e ingresos, salidas y tránsitos.
Infraestructura y equipamientos
La administración penitenciaria tiene el deber de garantizar que los centros penitenciarios sean seguros, concedidos de los medios materiales y personales necesarios que aseguren el mantenimiento, desarrollo y cumplimiento de sus fines. Para lo anterior deben garantizar una adecuada calidad de vida de las personas en prisión y que dispongan de los beneficios y espacios adecuados para el acceso a la educación, formación profesional, actividades culturales, deportivas, laborales y demás programas desarrollados por el cuadro de profesionales y entidades colaboradoras dirigidos a su reinserción en la sociedad cuando cumplan su condena.
Los centros penitenciarios siempre deben contar con servicios idóneos de dormitorios, enfermería, escuela, biblioteca, instalaciones deportivas y recreativas, talleres, patios, peluquería, cocina, comedor, departamento de información al exterior, salas para visitas familiares y todas aquellas facilidades que permitan desarrollar en ellos una vida organizada y se mantenga una adecuada clasificación de los internos.
- Celdas hospitalarias especiales para los enfermos.
-Oficina de médicos y secretaría.
-Curaciones.
-Módulos de consultas: Oftalmólogos, odontólogos, psiquiatras, psicólogos, etc.
En el mes de Julio se anunció la creación de 7 cárceles
® Capacidad para 2.072 personas
®
Centros requieren 998 funcionarios nuevos
para formar, atender y cuidar reos
Actualmente la creación de centros penitenciarios está concebida para que, arquitectónicamente, cuenten con características que posibiliten la creación de espacios que hagan de la cotidianidad de la cárcel un espacio más agradable y que se enfoquen a un doble propósito de custodiar y rehabilitar, es de suma importancia que cada uno de los módulos y/o departamentos que lo integran tengan los servicios generales especificaciones acordes a la reglamentación existente.
La responsabilidad de la ejecución recae en la administración penitenciaria respectiva y debe de certificar que estos sean seguros, posean el personal calificado necesario, posean los insumos necesarios para así garantizar una correcta gestión y calidad de vida de las personas presas, que a su vez cuenten con beneficios apropiados para acceder a educación, formación profesional o técnica, se puedan recrear con actividades culturales, deportivas, colaboradoras encaminados a su reinserción en la sociedad cuando cumplan su condena.
Reglas de Aplicación General
Existe un reglamento básico general, las reglas relacionadas fueron adoptadas en el primer congreso de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente celebrado en 1955 en Ginebra y fueron aprobadas por el Consejo económico y social el 31 de julio de 1957 y 13 de mayo de 1977. El objetivo de estas no es de obligar de manera estrictamente detallada las necesidades de un sistema penitenciario, únicamente sugiere elementos esenciales de los sistemas contemporáneos considerados más adecuados. A manera general se mencionan las condiciones y espacios mínimos a nivel de estructura que deben de tener los centros penitenciarios:
- Registro
- Separación de categorías
- Locales destinados a los reclusos
- Higiene personal
- Ropas y cama
- Alimentación
- Ejercicios físicos
- Servicios médicos
- Biblioteca
- Depósitos de objetos pertenecientes a los reclusos
Organización y funcionamiento
Los centros penitenciarios se crean de manera arquitectónica como una edificación que es autosuficiente, en donde se desarrollaran distintas personas su labores profesionales enfocadas en la reinserción social de los imputados y también por otra parte el deber de proporcionar seguridad y custodia de las personas encargadas de la institución.
Cada centro debe de disponer de una estructura propia, a manera de ejemplo se citan un organigrama que podría cumplir con una adecuada gestión:
- Director del Centro Penitenciario.
- Cinco Subdirecciones: De tratamiento, Seguridad, de Régimen, Médica y el Administrador.
- Funcionarios varios: Oficinistas, asistentes administrativos.
- Profesionales en diversas áreas de tratamiento: Psicólogos, juristas, educadores, trabajadores sociales, custodios deportivos y ocupacionales.
- Área médica: Farmacéuticos, médicos, enfermeros.
Estructura organizativa
La organización básica de los centros
penitenciarios debería basarse en órganos colegiados
- Órganos colegiados
b) Junta de Tratamiento (dependen Equipos Técnicos)
c) Comisión Disciplinaria
d) Junta Económica y administrativa
- Profesionales penitenciarios
Existen varios tipos de profesionales que se
incluyen en diferentes áreas de trabajo
existentes de intervención, higiénica, servicios y mantenimiento, formando
equipos multifacéticos:
- Juristas
Encargados de estudiar toda la información
penal, procesal y penitenciaria de cada interno y de realizar la valoración
jurídica para su clasificación, que determinará la programación del tratamiento
que ha de seguir. Redactan y fundamentan los acuerdos adoptados por la junta de
tratamiento y realizan informes para las autoridades judiciales y la
administración penitenciaria. Proporcionan orientación legal actualizada de su
situación procesal a los internos para que puedan trazar unas expectativas realistas
de futuro a medio y largo plazo.
- Psicólogos
Estudian las variables que determinan el
comportamiento para emitir informes e identificar las carencias y necesidades
que se deben considerar para asignar los programas de tratamiento y los modelos
individualizados de intervención para cada recluso.
- Sociólogos
- Pedagogos
- Educadores
- Trabajadores sociales
- Personal sanitario
- Personal de interior y vigilancia
- Administración y Servicios
El soporte horizontal se lleva a cabo por el
personal, funcionario y laboral, de gestión de recursos, mantenimiento e
informática.
Segmentación de reclusosLos reclusos deben ser alojados en diferentes ubicaciones o secciones dentro de los centros, la segmentación podría variar según su sexo y edad, antecedentes, delito y sanciones a cumplir. Se brinda el detalle respectivo:
a) Hombres y las mujeres deberán ser recluidos en distintos centros.
b) Los detenidos en prisión preventiva deberán ser separados de los que están cumpliendo condena.
c) Presos por deudas y demás condenados por distintas razones civiles deberán ser separadas de los detenidos por una infracción penal.
d) Los menores de edad y adultos deberán ser separados.
e) Reclusos alienados y enfermos mentales.
f) Reclusos, detenidos o encarcelados sin haber cargos en su contra.
Clasificación en función del uso de los edificios:
a) Edificios externos: Aquellos utilizados por personas no internas: Control de Accesos, a oficinas y el cuerpo de guardia, jefatura de servicios y comunicaciones.
b) Edificios de servicios: Utilizados por internos de forma no permanente: Cocina, almacén, talleres productivos, deportivos y culturales.
c) Edificios con presencia permanente de internos: Módulos polivalentes, máxima seguridad, módulo de régimen cerrado, enfermería e ingresos, salidas y tránsitos.
Infraestructura y equipamientos
La administración penitenciaria tiene el deber de garantizar que los centros penitenciarios sean seguros, concedidos de los medios materiales y personales necesarios que aseguren el mantenimiento, desarrollo y cumplimiento de sus fines. Para lo anterior deben garantizar una adecuada calidad de vida de las personas en prisión y que dispongan de los beneficios y espacios adecuados para el acceso a la educación, formación profesional, actividades culturales, deportivas, laborales y demás programas desarrollados por el cuadro de profesionales y entidades colaboradoras dirigidos a su reinserción en la sociedad cuando cumplan su condena.
Los centros penitenciarios siempre deben contar con servicios idóneos de dormitorios, enfermería, escuela, biblioteca, instalaciones deportivas y recreativas, talleres, patios, peluquería, cocina, comedor, departamento de información al exterior, salas para visitas familiares y todas aquellas facilidades que permitan desarrollar en ellos una vida organizada y se mantenga una adecuada clasificación de los internos.
- Módulo de ingresos
- Enfermería
- Celdas hospitalarias especiales para los enfermos.
-Oficina de médicos y secretaría.
-Curaciones.
-Módulos de consultas: Oftalmólogos, odontólogos, psiquiatras, psicólogos, etc.
- Departamento de comunicación
- Lavandería
Otra labor encomendada al
personal es la recogida de la ropa sucia y su devolución ya empaquetada y
limpia a los diferentes módulos del Centro Penitenciario.
-
Talleres de mantenimiento
-
Almacén central
- Deportivos
- Trabajo productivo o inserción
®
Talleres propios: con actividad productiva dentro de los
centros penitenciarios en textil, carpinterías de metal y madera, imprentas y
actividades agrícolas, normalmente para autoabastecimiento.
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Gestión de servicios internos: Cocinas y
panaderías, lavanderías, mantenimiento, jardinería y actividades auxiliares inherentes
a cualquier establecimiento penitenciario. Estos puestos de trabajo requieren
de formación previa para todos los reclusos.
- Formación para el empleo
- Trabajo productivo
-
Educación
- Iluminación natural
Situación en Costa Rica:
En Costa Rica el ministerio de justicia sacó a
licitación construcción de dos cárceles para 1.152 reos, cada proyecto tendrá
un costo que ronda los ₡10.800 millones, se dará la construcción de una nueva
cárcel ubicada en Nicoya, los tres centros deben estar concluidos antes del
2017, el diseño de la nueva cárcel de Nicoya, con capacidad
para 576 privados de libertad.
Los diseños arquitectónicos ya se encuentran listos y la
infraestructura incluye un espacio concebido como una pequeña ciudad, los nuevos
recintos carcelarios contarán con espacios para educación, formación laboral,
talleres productivos y atención interdisciplinaria, las tres nuevas prisiones
deben estar concluidas antes del 2017, las construcciones son financiadas con fondos
de un crédito del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
En el mes de Julio se anunció la creación de 7 cárceles
® Capacidad para 2.072 personas
®
La construcción de siete cárceles,
conocidas como unidades productivas, pretende bajar el ocio en prisión, así
como poner a estudiar y trabajar a 2.072 reos de baja y mediana contención.
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A cargo del consorcio CGL World
Solutions-OBP Arquitectos Costa Rica con el cual se suscribió un contrato por $3,9 millones para
diseñar los edificios .
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Ese dinero se está pagando con fondos del
empréstito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para el Programa
para la Prevención de la Violencia y Promoción de la Inclusión Social.
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El diseño de la infraestructura contiene
espacios arquitectónicos que se conciben como una pequeña ciudad-urbanización
con calles, paseos y una plaza.
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Sus creadores aseguran que tienen una
imagen carcelaria menos agresiva y más amable con su entorno, con condiciones
mínimas de habitabilidad, adecuada temperatura, ventilación, exposición a la
luz natural, aire libre y dormitorios de pocos individuos (máximo ocho).
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En total, las siete cárceles tienen un área
de construcción de 109.300 m² (en promedio, 15.000 m² por unidad productiva).
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Además, incluye espacios para educación,
capacitación, talleres industriales y centros de producción.
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De acuerdo con los siete diseños que
presentó el consorcio el modelo de gestión está basado en la readaptación
social de los reclusos.
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Los espacios permitirán desarrollar una
gama de programas productivos para la superación personal del recluso, con lo
que se espera tener cambios en su comportamiento y, a largo plazo, reducir la
reincidencia.
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Por ejemplo, deben crearse programas de
alfabetización, educación primaria y secundaria, educación abierta y
universitaria, educación técnica y formación profesional acreditados por el
Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), talleres industriales y centros de
producción.
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Paralelamente, debe haber talleres
terapéuticos de atención individual y grupal, servicios de asistencia jurídica
y social, salud física y emocional, servicios religiosos y espirituales,
recreativos, economato, áreas de visitas, alimentación, lavandería y
peluquería.
excelente blog la estructura en que formulaste las ideas me parece muy buena empezando desde los general, sobre que condiciones mínimas debe tener cada centro penitenciario, el personal que lo componen hasta llegar a la realidad nacional y como el Ministerio de Justicia y Paz esta en la búsqueda de una empresa que construya una nueva cárcel en el país.
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